TESTIMONIO: VISTO: La necesidad de generar recursos genuinos, tendientes a concretar obras en aquellos sectores en los que la capacidad contributiva es escasa, y CONSIDERANDO: Que deben buscarse las alternativas que aseguren la llegada de obras que implican un mayor desarrollo en aquellos barrios de menor capacidad contributiva. Que resulta necesario generar mecanismos que resulten de la actitud solidaria de toda la población, de manera que el esfuerzo sea mínimo para cada contribuyente. Que esta propuesta sería una prueba piloto de menor en - vergadura, de manera de analizar el comportamiento de los contribuyentes y las - bondades o desventajas del sistema. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A (PREPARATORIA) Nª 63/93 ----------------------------------------- ARTICULO 1.- Autorízase el Departamento Ejecutivo al cobro, de un peso ($ 1.-) ------------ en cada factura del servicio eléctrico, cuyo destino será la construcción de obras de cordón cuneta en los barrios de menores recursos.------ ARTICULO 2.- Para la percepción del cobro dispuesto por el Artículo 1º, en el - ------------ caso de propiedades que contaren con más de un medidor a nombre de un mismo titular, la tasa ser aplicable únicamente sobre uno de ellos.-------- ARTICULO 3.- El Plan de Obras mencionado en el Artículo 1º deberá ser previamen- ------------ te aprobado por el Honorable Concejo Deliberante, en base a la cifra recaudada mediante el sistema propuesto.--------------------------------- ARTICULO 4.- A efectos de registrar el ingreso de los recursos creados por la - ------------ presente Ordenanza y la erogaciones que se originan por la aplica- ción de las mismas, créase en el Cálculo de Recursos de la Administración Central la Partida: 1.2.2.38 FONDOS CON AFECTACION A LA OBRA CORDON CUNETA.- Créase en el Presupuesto General de Gastos de la Administración Central la Parti da: FINALIDAD 3 - ITEM 1 - 2.5.2.16. FONDOS CON AFECTACION A LA OBRA CORDON CUNETA.- ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina- ria, a los nueve días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y tres. - FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.----